La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mutua que consideró que la actuación llevada a cabo por una trabajadora para conseguir las prestaciones de una incapacidad temporal habían sido fraudulentas.

La sentencia indica que el juzgado de lo social de Cartagena al que correspondió el asunto declaró probado que en octubre de 2012 la mutua acordó extinguir la prestación económica de incapacidad por no asistir al reconocimiento médico al que había sido convocada. En noviembre del mismo año, fue dada de alta por su médico de cabecera al observar una mejoría en su estado de salud que le permitía trabajar.

Un mes después, fue dada nuevamente de baja por incapacidad temporal debido a una obstrucción coronaria y en diciembre siguiente le denegaron la prestación.