La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la pena impuesta a un ingeniero técnico que fue juzgado junto con otras personas en un caso de homicidio por imprudencia por la muerte de un trabajador en unas obras.

El Juzgado de lo Penal de Cartagena que dictó la sentencia ahora revocada en parte, declaró probado que el mortal accidente se produjo en las obras de construcción de once viviendas en la localidad cartagenera de Alumbres.

El obrero fallecido perdió la vida al caerle encima una carga que le provocó un grave traumatismo torácico, falleciendo finalmente por insuficiencia respiratoria en el hospital Santa María del Rosell, al que había sido trasladado. La víctima tenía 38 años de edad, estaba casado y del matrimonio había nacido un hijo, añadía la sentencia.

La sentencia condenó a este ingeniero técnico a un año de prisión, mientras que absolvió a otras dos personas que igualmente fueron juzgadas por estos mismos hechos. Consideraba el juez que el condenado era responsable de lo ocurrido al no haber facilitado al trabajador una formación específica para el desarrollo de su labor.

Ahora, la Audiencia Provincial de Murcia ha anulado esa condena porque, afirma, la conducta imputada a este acusado -falta de homicidio por imprudencia leve- quedó despenalizada tras la reforma del Código Penal. No obstante, añade que la causa deberá seguir adelante para exigir las responsabilidades civiles que correspondan.