La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por la empresa propietaria de un inmueble a la que se le denegó la transformación de una ventana en puerta por afectar al entorno de protección del Teatro Romano de Cartagena.

La sentencia da así la razón a la consejería de Cultura de la Comunidad Autónoma y al ayuntamiento de Cartagena, que en su día se opusieron a autorizar esa obra, que había sido solicitada por la empresa 'A., S.L.'

En su recurso ante el TSJ esta sociedad señaló que la resolución era irracional y que, al mismo tiempo, suponía un caso de arbitrariedad de los poderes públicos, según el fallo de la sala.

No obstante, para la demandante, la obra no tendría incidencia alguna en la contemplación del Teatro Romano, al tratarse de una simple conversión de una ventana en puerta.

Al desestimar el recurso, los magistrados indican que el edificio en cuestión, ubicado en la calle Príncipe de Vergara, está incluido en el conjunto histórico de Cartagena y dentro del entorno de protección del Teatro, por lo que la negativa del Ayuntamiento y de la Comunidad Autónoma están dentro de la legalidad.

Además, la sala añade que este local, destinado a oficinas o despachos profesionales, dispone actualmente de una puerta de entrada desde el zaguán del inmueble, «por lo que el acceso al mismo es posible con la distribución actual de huecos; incluso es posible cambiar su uso al de vivienda con acceso desde el mencionado zaguán», finaliza la sentencia del TSJ.