Un joven que fue condenado por un Juzgado de lo Penal de Cartagena por un delito de malos tratos alegó para negar que mantuviera una relación sentimental con la denunciante que de los 3.530 whatsApp que había enviado desde su teléfono móvil ninguno de ellos fue dirigido a ella.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, ha desestimado el recurso que el apelante presentó contra la resolución del Juzgado, que lo consideró autor de un delito de malos tratos por agredir a la que había sido su novia, al no aceptar que ésta hubiera iniciado una relación con otro hombre.

Los hechos ocurrieron en junio de 2011 y, como consecuencia de la agresión, la denunciante sufrió derrame en un ojo, erosiones en pecho y espalda y hematomas en mano y brazo, lesiones que tardaron ocho días en curar.

la sentencia, que ahora se ve confirmada, condenó al acusado a la pena de siete meses de prisión y a dos años y seis meses de prohibición de comunicarse o acercarse a menos de trescientos metros de ella.

En su recurso ante la sala, el apelante intentó desvincularse de la denunciante, asegurando que nunca había existido relación de pareja alguna, por lo que no podía ser condenado como autor de un delito de violencia de género.

Así mismo, expuso, junto al hecho de que no le había enviado ningún whastApp, que no existían fotografías en las que aparecieran ambos.

Frente a los argumentos exculpatorios, el tribunal señala que los mismos no tienen entidad para contrarrestar la prueba aportada al juicio, que acredita la existencia de esa relación sentimental, mantenida durante más de dos años, aunque con altibajos.

"Todo ello -concluye-, junto con la reacción celosa que guió la agresión enjuiciada, ampara, sin ningún atisbo de duda racional, el pronunciamiento condenatorio".