La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso de un hombre que fue condenado por el Juzgado de lo Penal de Cartagena por conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y que alegó en su defensa que la ingesta de bebidas no había influido en sus condiciones psicofísicas. La sentencia señala que el Juzgado de lo Penal, en su resolución de julio de 2010, declaró como hechos probados que el denunciado, que tenía antecedentes por un delito contra la seguridad vial, fue sometido a las pruebas de alcoholemia por agentes de la Policía Local, que dieron positivo. El juez lo condenó a la pena de nueve meses de multa, con una cuota diaria de seis euros y 66 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito contra la seguridad vial con la agravante de reincidencia. El condenado recurrió la sentencia y señaló que no se había demostrado que la ingesta de bebidas alcohólicas «supusiera una influencia en sus facultades psicofísicas».