ANDRÉS TORRES
Los tribunales le dan un respiro al presidente de la Autoridad Portuaria de Cartagena, Adrián Ángel Viudes, en su particular 'batalla' contra el sindicato Coordinadora, el mayoritario en el sector de la estiba. Y es que el juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena ha decidido archivar la causa por la que se le imputaba un supuesto fraude a las arcas de la Seguridad Social al no pagar las cuotas de algunos de los trabajadores de la Sociedad de Estiba (Sesticarsa) correspondientes a los años 2003 a 2006 .
El sobreseimiento de la causa supone además que no se celebrará juicio y se produce tras la solicitud de la Fiscalía Anticorrupción de archivar dicha investigación al considerar que no existe delito en la forma de actuar del presidente del Puerto.
La instrucción judicial se inició a principios del año 2008 después de que los inspectores de la Seguridad Social le reclamaran a Sesticarsa el pago de los atrasos en la cotización de las horas extra de los estibadores no declaradas, una cantidad que se aproximaba al millón y medio de euros. Ante el impago de la deuda, el sindicato Coordinadora y la propia Seguridad Social presentaron una denuncia en la Fiscalía Anticorrupción, que derivó en la imputación de los cinco integrantes del consejo de administración de Sesticarsa, del que Viudes es presidente.
El dirigente portuario y los cuatro miembros restantes -Alfredo Fresneda, José María Fernández, Antonio Pelegrín y José Pedro Vindel- llegaron a prestar declaración como imputados ante el titular del juzgado de Instrucción número 5 de Cartagena a finales de julio de 2008.
La instrucción judicial ha seguido su curso hasta que la Fiscalía Anticorrupción remitió un informe a finales del año pasado al juzgado en el que manifestaba su criterio de que se debía proceder al sobreseimiento del caso, una decisión que ratificó el juez el pasado mes de febrero. El sindicato Coordinadora presentó un recurso contra esta resolución que también ha sido desestimado por parte de la Fiscalía, así como por una nueva resolución judicial fechada el pasado 16 de abril y a la que ha tenido acceso esta redacción. El magistrado considera que no existe una "actitud defraudadora y obstruccionista por parte de los imputados", por lo que descarta responsabilidades penales.