La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso de un trabajador que pretendía que su empresa, que se encuentra en situación de concurso de acreedores, lo indemnizara por despido al no darle trabajo. La sentencia confirma la que el Juzgado de lo Social número Dos de Cartagena dictó en febrero de 2008 y por la que se absolvió a una empresa del "Grupo M." en la demanda presentada por el trabajador. El TSJ, indica que el obrero "interesadamente ocultó en su demanda hechos trascendentes, como el cese total de actividad en la empresa y la declaración de la situación de concurso voluntario".